Dónde aparcar en Madrid sin pegatina
Conoce las claves para saber si tu coche puede circular y dónde aparcar dentro de Madrid Central sin pegatina.

¿Sabes dónde puedes aparcar tu coche tranquilo sin arriesgarte a que te llegue una multa? Madrid sigue poniendo nuevas restricciones de aparcamiento y circulación y es cada vez más difícil encontrar dónde aparcar, por eso te vamos a ayudar.
Desde 2020 que la capital, por la Ordenanza de Movilidad Sostenible, prohíbe el estacionamiento de vehículos sin distintivo ambiental, es decir, los vehículos considerados de categoría A, en las plazas de las zonas de Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) del centro de Madrid. La ley es fruto del compromiso de Madrid con proteger la salud de sus habitantes y de bajar la contaminación. Así, los vehículos sin pegatina (sin la etiqueta ambiental de la DGT), que son en gran parte los vehículos de gasolina anteriores a 2000 y los diéseles anteriores a 2006, no pueden aparcar en el interior de la M-30. La prohibición se aplica 24/7, pero todavía hay vehículos sin la pegatina que podrán aparcar en Madrid Central ya que existen ciertas excepciones.
Vehículos que podrán aparcar Madrid Central
• Residentes de de Madrid Central podrán estacionar sus vehículos sin distintivo, en su propia Área de Estacionamiento Regulado (SER), siempre y cuando hayan sido adquiridos con fecha anterior al 30 de noviembre de 2018. Para obtener esta autorización deberán abonar anualmente 24.60€ euros de tarifa base o mensualmente 2.05€ de tarifa base también. Las dos variables dependerán del distintivo de la DGT que tenga su coche. Así, estos residentes con la autorización para aparcar solo lo podrán hacer en la zona verde del barrio donde están empadronados y durante un máximo de dos horas.
• Residentes en su respectiva Área de Estacionamiento Regulado (SER). Es decir, los residentes empadronados, pero sin la autorización, solo podrán aparcar en el estacionamiento SER, el mismo que esté adentro de su barrio.
• Trabajadores en Madrid Central (MC) que trabajen ahí entre las 12am y 6:30am.
• Vehículos auxiliares de apoyo a la operación del servicio de transporte público colectivo urbano general de uso regular.
• Los vehículos de 2 y 3 ruedas.
• Vehículos destinados a transportar personas que acrediten disponer y empleen la autorización especial para personas con movilidad reducida.
• Vehículos destinados a servicios esenciales.
Además, el que quiera aparcar en un parking subterráneo no podrá hacerlo en MC porque tampoco se permite la circulación. A excepción de los vecinos empadronados y con su coche domiciliado en Madrid, a partir del enero de 2022 se prohíbe la circulación a los vehículos sin pegatina dentro de la M-30. Podrán circular por la circunvalación, pero no por su interior.
Aparca cerca del centro de Madrid
Tenemos la solución para que puedas aparcar en el exterior de la M-30, pero cerca para que puedas irte al centro da la ciudad.
Te dejamos un listado de parkings cerca de la M-30 donde puedes dejar tu vehículo tranquilamente sin tener que preocuparte por su seguridad o por las multas. • APARCAMIENTO JOSÉ y APARCAMIENTO USERA, ubicados los dos en el barrio Moscardó, cerca de la Chopera e Arganzuela, con acceso al bus y al metro.
• APARCAMIENTO VERDAGUER Y GARCÍA: está al lado de la circunvalación, en el barrio San Pascual, cerca de Guindalera. Los metros Barrio de la Concepción y Parque de las Avenidas están a una corta distancia.
• APARCAMIENTO MANOTERAS, ubicado en Sanchinarro y cerca tiene conexión de bus.